Organización Municipal

Junta de Portavoces

Definición y composición

La Junta de Portavoces está integrada por los portavoces y portavoces adjuntos de los grupos políticos municipales reunidos bajo la presidencia del alcalde o concejal en quien delegue. Competencias: Corresponde a la Junta de Portavoces, como órgano de naturaleza deliberante y consultiva, la asistencia directa al presidente en la ordenación de los trabajos del Pleno. La Junta de Portavoces será oída y deberá ser convocada al efecto en los siguientes supuestos:

a) Para recibir información sobre el orden del día del Pleno fijado por el alcalde.

b) Para ser oída sobre los criterios generales de ordenación de las sesiones del Pleno.

c) Para recabar la posición de los grupos políticos municipales sobre el formato de aquellos debates que revistan características singulares por su especial urgencia o trascendencia para los intereses de los vecinos de Cabra.

d) Para recabar la posición de los grupos políticos municipales en relación con temas de especial importancia para la vida o el interés de los vecinos de Cabra y, especialmente, con carácter previo a la adopción de declaraciones institucionales urgentes. El alcalde podrá convocarla en los demás casos que lo estime necesario.

Régimen de funcionamiento y adopción de acuerdos

La Junta de Portavoces será convocada y presidida por el alcalde. En caso de que el presidente decida someter alguna cuestión a votación, los acuerdos se adoptarán atribuyendo a cada portavoz tantos votos como concejales correspondan a su grupo político municipal en el Pleno.

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